En el marco del trabajo que está realizando en el Concejo Deliberante sobre la ordenanza de urbanización 500 del año 80 se mantuvo un encuentro con el Director de Hábitat de la Provincia de Buenos Aires, Ricardo Albina.
En la oportunidad estuvieron presentes el Presidente del Cuerpo, Pedro Sottile; el Concejal, Pablo Yannibelli; el Secretario del bloque de la UCR, Juan Sempé; el Subdirector de Planeamiento Urbano del Departamento Ejecutivo, Carlos Montagna; el Arq. Julio Toscano; el Director de Regularización Dominial, Ángel Olaechea y Pablo Aprea, integrante del área; en representación del área de Catastro, Luís Elizondo e integrantes del área de planeamiento, Mariana Borghi, Yanina Urbina y Luciano Capecce.
En principio, el Subdirector de Planeamiento municipal, Carlos Montagna explicó los motivos por los cuáles se estableció este encuentro. “Nos urge la problemática de las posibilidades que tenemos para ampliar la zona urbana en los lugares que por el momento es área complementaria o que en alguna parte puede ser rural. La ley 89/12 es la que rige y la que organiza teóricamente el territorio. En nuestro caso, la acompañan dos ordenanzas, la 500/80 que es la de urbanización preventiva y uso del suelo, y una ordenanza del año 92 que es la que hace coincidir las partes de las 500/80 con la 89/12, dado que ambas tienen diferencias que son necesarias de acomodar”, especificó el funcionario.
“Ley de hábitat tiene una función más social de la tierra y, entendemos, viene como ayuda para paliar las necesidades de tierras que tenemos”, detalló Montagna.
En este sentido, el Director Provincial Ricardo Albina explicó “En muchos municipios de la provincia, sucedía que se hacían loteos sin ningún tipo de servicio, sin control, sin nada. A raíz de eso, en el 77 nace la ley 89/12, lo que sucede es que es rígida al 100 por 100, por ejemplo, te obliga tener infraestructura de servicios, por lo cual te genera costos altísimos”-prosiguió el funcionario provincial explicando que-“Así fue que surge una ley 14.449 que queda en el medio. Lo que determina es que en las zonas complementarias se pueda lotear sin que la normativa provincial o municipal lo permita. La ley de hábitat tiende a tratar de flexibilizar la 89/12. Por eso, permite hacer divisiones de la tierra en zonas complementarias o en zonas rurales adyacentes a la zona urbana”.
Por su parte, el Concejal Pablo Yannibelli explicó que una de las problemáticas que más aqueja a la labor del poder legislativo al momento de abordar la urbanización es “cómo podemos hacer, además de vincular este convenio, para que nos den la colaboración en términos técnicos porque todos los días venimos con algo nuevo para habilitar que en términos de legislación es complejo, terminamos en una presión, que más allá de la valoración que hagamos, tenemos que definir sí lo aprobamos o no”.
Al respecto, Ricardo Albina detalló “Lo que la ley viene a plantear es trabajar en zonas complementarias en donde el municipio esté de acuerdo con que la ciudad crezca para ese lado y que es importante que se pueda urbanizar”.
Por último, el Director de Hábitat de la Provincia especificó que para estar incluido el estado municipal en la Ley de Hábitat es necesario firmar un convenio que cuente con una ordenanza en donde el Concejo Deliberante homologue dicho convenio. “Lo importante es que en ese convenio, la negociación del porcentaje que le quede al municipio de lotes es pura y exclusivamente entre el particular y el municipio, nosotros auditamos el convenio, sí es viable o no”, finalizó el funcionario.