La Asociación Empleados de Comercio del Azul informa a comerciantes y trabajadores mercantiles que el próximo lunes 30 de abril fue declarado por el Gobierno Nacional como día no laborable con fines turísticos y no como feriado.
Por lo tanto, en el ámbito del comercio es facultad del empleador la decisión de trabajar o no en esa jornada. En caso de hacerlo, el trabajador percibirá la remuneración de un día común, sin incremento alguno.
Al respecto, la Ley de Contrato de Trabajo establece en su artículo 167 que “en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador”.