El 1° de mayo será feriado nacional por el Día del Trabajo. Por eso, si el empleado trabajase deberá percibir el doble de lo que le corresponde por jornada habitual. “En el caso en que el día feriado se trabaje, se cobra la remuneración normal de un día hábil más una cantidad igual”-artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo.